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¿Vas a trabajar en día de descanso obligatorio? ¿Sabes cuánto te debe de pagar tu empleador por trabajar en un día feriado? La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los empleadores están obligados a otorgar un pago compensatorio a los empleados que vayan a laborar en un día de descanso.
En marzo, existe un día de descanso obligatorio, por lo que los trabajadores que vayan a laborar en esta fecha deberán de recibir un pago extra, en MVS, te contamos cuánto te deben pagar si trabajas el día feriado.
¿Qué día es puente en marzo?
De acuerdo con la LFT, en marzo existe uno de los cuatro puentes largos que tienen los trabajadores a lo largo del año. Anteriormente, el día feriado en marzo era el día 21, en el que se conmemora el natalicio de Benito Juárez, que coincide con la entrada de la primavera. No obstante, con el propósito de regalar un puente largo a los trabajadores, el Gobierno de México cambió el día feriado al tercer lunes de marzo.
Por esta razón, en 2025, el día feriado del tercer mes del año será el lunes 17 de marzo. Gracias a este cambio, las personas que no asisten a su trabajo podrán planear unas merecidas vacaciones. Pero, si tú vas a trabajar el 17 de marzo de 2025, estás en tu derecho de recibir un pago extra por laborar en un día de descanso obligatorio.
¿Cómo se paga un día feriado o de descanso obligatorio?
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 75, establece que las personas que vayan a trabajar en un día de descanso obligatorio, en este caso el lunes 17 de marzo, tienen el derecho de recibir un pago triple por su labor.
Esto quiere decir que si vas a trabajar el 17 de marzo, la ley obliga a tu empleador a pagar tu sueldo normal más un pago doble como compensación. En caso de que tu empleador no cumpla con este pago triple correspondiente a un día de descanso obligatorio, estás en tu derecho de presentar una denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet), donde podrás encontrar asesoría gratuita.
En 2025, la Ley Federal del trabajo aún tiene en su lista cuatro días feriados más que ameritan un pago triple, en caso de que tu empleador requiera que trabajes:
- Miércoles 1° de mayo: Día del Trabajo
- Lunes 16 de septiembre: Día de la Independencia
- Lunes 18 de noviembre: En conmemoración del 20 de noviembre, Revolución Mexicana
- Miércoles 25 de diciembre: Navidad
A lo largo del año, el calendario también cuenta con días de asueto que no son reconocidos por la Ley Federal del Trabajo como días de descanso obligatorio, como por ejemplo, el Día de Muertos; sin embargo, hay empresas que otorgan permisos especiales.
Recuerda, si trabajas en día feriado en marzo, la LFT establece que tienes el derecho de recibir un pago extra, por parte de tu empleador.