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La presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña Hernández, admitió a trámite la solicitud de facultad de atracción que formuló el Octavo Tribunal Colegiado en materia Penal, para resolver el amparo que promovió el extitular de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam, contra el auto de vinculación a proceso que le fue dictado en la causa penal en la que se le imputa haber “fraguado” la denominada “verdad histórica” en el caso Ayotzinapa.
El asunto fue turnado a la ministra Margarita Ríos Farjat quien deberá elaborar una propuesta para determinar si este caso debe o no ser atraído para su estudio por la Primera Sala.
De acuerdo con el expediente, el 24 de agosto de 2022, Marco Antonio Fuerte Tapia, juez de control en el Reclusorio Norte, vinculó a proceso al exgobernador de Hidalgo por su probable responsabilidad en los delitos de tortura, contra la administración de justicia y desaparición forzada de personas.
La defensa de Murillo Karam promovió un juicio de amparo; sin embargo, el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal, lo sobreseyó, ya que el Tercer Tribunal Unitario en materia Penal ratificó el auto de vinculación a proceso.
El exservidor público interpuso un recurso de revisión. No obstante, el Tribunal Colegiado pidió a la Corte atraer el caso, por considerar que reviste interés y trascendencia.
La defensa de Murillo Karam argumenta que el juzgado de distrito carecía de facultades para decretar el sobreseimiento en el juicio de amparo, ya que la decisión para confirmar o revocar el auto de vinculación a proceso le correspondía al Segundo Tribunal Colegiado de Apelación, además de que en la ampliación de la demanda se pedía la protección contra actos del Tercer Tribunal Unitario en materia Penal.
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